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- Qué tipo de texto es (jurídico, historiográfico, literario, religiosos, etc)
Sus primeros años los pasó en el monasterio de Siresa, formándose en «letras» y arte militar. Siendo infante, Alonso se formó en las tareas de gobierno como señor de Biel, Luna, Ardenes y Bailo. Alfonso no estaba destinado a ser rey, ya que era hijo de un segundo matrimonio de su padre el rey Sancho Ramírez, pero una serie de hechos hicieron que murieran.
Posteriormente, conquistó Zaragoza en 1118 y la convirtió en capital de su reino. Más tarde recuperó Calatayud, Tudela y Tarazona, entre otras ciudades. En 1120 derrotó en la batalla de Cutanda al ejército musulmán que trataba de reconquistar Zaragoza. Legó sus reinos a las órdenes del Temple y del Santo Sepulcro.
Alfonso I fue rey de Aragón y de Navarra, y su muerte cedió la posesión de sus tierras a las Órdenes Militares, si bien la nobleza no estuvo dispuesta a ello, y se acordó la separación de los dos reinos.
- Quiénes son los destinatarios
- En qué fecha se sitúa (indica las circunstancias de la época)
- Explica los terminos y frases en rojo
- Alfonso: autor de la carta, Alfonso I de Aragón.
- Carta: medio de comunicación escrito que utiliza Alfonso para conceder a los mozárabes ciertos privilegios.
- Mozárabes, a los cuales yo saque con el auxilio divino, del poder de los sarracenos y conduje a tierras cristianas: Los mozarabes, cristianos que vivieron en España bajo la dominación musulamana, fueron liberados por Alfonso I del control de los sarracenos, los árabes sgún los cristianos, y los condujo a tierras cristianas.
- Seáis: Se refiere a los receptores, los mozárabes.
- Villas: terrenos determinados y limitados entregados por Alfonso a los mozárabes.
- No daréis lezda: Uno de los privilegios otorgados a los mozárabes, la exención de un determinado impuesto.
- Ni haréis hueste ni cabalgada: El privilegio de no estar obligados a luchar, en caso de guerra en contra de los musulamanes.
- Tendréis todos vuestros juicios en vuestra puerta: El privilegio de que los tribunales de justicia se reunieran en la misma población.
- Maravedís: La moneda usada en esa época.
- Indica la estructura del texto
§ En primer lugar el documento describe a quien va dirigida Los mozárabes es decir, cristianos que vivían en territorio musulmán, y que después de las expediciones que el rey Alfonso hizo por Andalucía, acompañaron al ejército cristiano en su retorno al Norte, impulsados con las promesa de beneficios para repoblar el recién conquistado valle del Ebro.
§ Posteriormente delimita el ámbito geográfico de las “villas y términos que yo os daré” (se supone que en otra parte de
§ Por último, determina los tipos de privilegios y derechos que obtendrán los nuevos pobladores, como forma natural para enraizar un asentamiento demográfico, primero otorgarle unos límite físicos y después unos derechos y privilegios:
ú De tipo fiscal: exención del impuesto de lezda, que era un impuesto parecido al “portazgo” que era un impuesto de derecho de paso, por determinadas tierras, en este caso reales, y que no tendrán que pagarse por los mercados que hagan los pobladores.
ú De tipo judicial: tener juicios en la misma ciudad es decir el privilegio de que los tribunales de justicia se reunieran en la misma población.
ú De tipo militares no estando obligados a costear una tropa armada de infantería o caballería, cuando el rey reclamase milicias para luchar contra los musulmanes.
1 comentario:
Muy bien -9- Las villas son lugares habitados por villanos, es decir, hombres libres
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